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sábado, 28 de octubre de 2023

Fundación de la capilla de Nuestra Señora de la Victoria, en los Frailes


A día de hoy, únicamente podemos reconstruir nuestra propia historia a través de documentostestimonios de aquellos que participaron de un tiempo o un hecho concreto. 

Por documentos en sentido amplio, entendemos inscripciones, piedras labradas, vasijas, construcciones que nos hablan de ideas, de sueños y modos de vida y, por supuesto, textos, libros, pergaminos, cartas, legajos… que por su propia fragilidad están llamados a un rápido deterioro y a su desaparición en un período de tiempo más o menos corto. Esos elementos (documentos y testimonios) actúan a modo de linternas, faros de luz capaces de alumbrar una escena o un tiempo determinado. Es casi como si nos abrieran una rendija en el tiempo que nos permitiera conocer hechos concretos, pensamientos o a personas determinadas. En Puente Genil, una villa que nació y se hizo mayor siguiendo la corriente del río, expuesta a multitud de crecidas y riadas, son muchísimos los documentos que en los últimos siglos han ido desapareciendo: títulos de propiedad, escrituras, cuadros, lienzos, colecciones, joyas, obras impresas… Por eso, cada vez que ve la luz uno de esos testimonios de otro tiempo, lo celebramos con ilusión, con nervios casi, por ver qué será capaz de mostrarnos… o qué seremos nosotros capaces de descubrir en él.

Hace un tiempo llegó a mis manos una escritura fechada en la Puente de don Gonzalo en el año 1659. Habré leído cada una de sus treinta y seis carillas más de veinte veces, he buscado en cuantos libros dispongo, referencias a los pontanenses de aquel tiempo que en ellos son nombrados, de forma que, cosa extraña, no puedo afirmar que los he conocido, pero sí que soy capaz de hacerme una imagen fiel de cómo eran algunos de aquellos protagonistas de una Puente de don Gonzalo que echaba a andar camino del Puente Genil de hoy.

El documento en cuestión es un traslado notarial, escrita la primera de sus hojas en papel del sello primero y el resto en papel común, de fecha doce de agosto de 1659. Es lo que hoy llamaríamos una copia simple de una escritura, dada a veintiséis de julio de aquel mismo año y otorgada ante el escribano, el notario de la época, Juan Ruiz Obrero. En dicha escritura se documenta la donación y adjudicación por parte del convento de san Francisco de Paula de la Puente de don Gonzalo, de una capilla en su iglesia a los señores Alonso, Bartolomé y Pedro de Aranda, hermanos e hijos de los difuntos Bartolomé de Aranda e Inés de Mesa. En su virtud, el convento hacía donación a los hermanos Aranda de la capilla de Nuestra Señora de la Salud y de la Victoria a cambio de una serie de donaciones que más abajo se dirán. 

Antes de continuar, aclararemos que ninguno de nosotros hemos conocido la iglesia en la que se ubicaba dicha capilla, pues se trata de la iglesia provisional de la que se dotaron los frailes en tanto finalizaban las obras del convento y acometían la construcción de la iglesia definitiva, la que llaman en el documento “la iglesia nueva” (en la que se ofició misa por vez primera en 1682), que descubrimos en el arranque de la calle Contralmirante Delgado Parejo, junto al convento franciscano. A pesar de que la vieja iglesia estaba ya arruinada en el año 1670, no por provisional debió ser una iglesia menor, pues del texto que acompañamos se infiere que estaba de dotada de coro alto, varios accesos y capillas, lo que la dota de elegancia y absoluta dignidad.

La capilla en cuestión y que es objeto del presente documento, consagrada a la Virgen de la Salud y la Victoria, estaba colateral a la capilla mayor al lado del Evangelio y tenía justo en frente, en el muro del lado de la Epístola, una puerta de acceso al claustro conventual. Es curioso que al referirse a la capilla mayor, nunca se nos avisa o advierte de la advocación a la que se consagra, simplemente se habla de “la capilla mayor”. Y no imaginamos a la capilla mayor huérfana de una imagen sagrada, por lo que podemos conjeturar con varios hechos: o bien estaba consagrada al titular del convento, San Francisco de Paula, o estaba en proceso de “adjudicación” o, sencillamente, presidida por el sagrario. 

La fundación de la capilla se lleva a cabo cumpliendo escrupulosamente las formas legales, prevenciones y formalidades de todo tipo, tanto por la parte del convento, como por la familia Aranda, al frente de la cual se nos presenta Alonso. Entre las muchas formalidades, vemos en primer lugar cómo fray Alonso de Padilla, lector jubilado y provincial de los Mínimos de la provincia de Granada, a la que se adscribía la Puente de don Gonzalo, debió dar licencia y patente para que se llevasen a cabo los acuerdos alcanzados y formalizase la correspondiente escritura. Licencia que otorga en el propio convento pontanés a 30 de marzo de 1659, lo que se documenta en su correspondiente escritura el 14 de junio de 1659 y se incorpora, letra a letra, a la escritura de fundación de la capilla. Por tres veces los frailes del convento se juntan a capítulo abierto “llamados a son de campana tañida” para que fray Blas Jiménez, corrector del convento, someta a consulta las condiciones de la donación y constitución de la capilla. Y por tres veces, los días 14, 16 y 18 de junio (de cada una de esas reuniones o capítulos levanta acta el escribano) los frailes consienten y aprueban las condiciones de lo tratado. Nos despierta una sonrisa ver cómo en el tercer tratado (podemos imaginar la negociación) los frailes consiguen a última hora, además de cuanto los hermanos Aranda se obligaban a entregar, el compromiso de la familia de tener el altar de la capilla con frontal ara y manteles, de forma que en él se pudiera celebrar en cualquier momento. Nota curiosa, cómo al ser advertidos los frailes de que tras la celebración del segundo tratado, se llevaría a cabo un tercero, fray Ciriaco de Hermosilla y fray Juan de Aguilar, conventuales y profesos del convento pontanés, advierten que no podrían asistir a la tercera reunión, pero manifestando de ese mismo momento su conformidad con lo que decidiere el convento. Entre los correctores (término como se designa al superior en los conventos de la orden de los Mínimos) que hubo en el convento a lo largo del tiempo, Agustín Pérez de Siles y Antonio Aguilar y Cano en su obra de 1874, nombran –sin establecer su mandato en el tiempo– a un tal fray Zinago de Hermosilla. Posiblemente se trate del mismo fraile, con un error de transcripción por parte de los insignes historiadores, del mismo Ciriaco de Hermosilla, que en este momento sería un sencillo fraile que años después alcanzaría la dignidad de corrector conventual.

Alonso, Bernabé y Pedro de Aranda tenían otro hermano llamado Jerónimo, fraile en el convento, al que por concepto de legítima correspondía parte de la herencia de su madre Inés de Mesa. Una herencia que, indefectiblemente, por su condición de religioso, iría a parar a poder de la orden franciscana. Sin embargo, el acuerdo logrado con el convento implica, asimismo, su renuncia a su parte de la herencia, que pasaría a acrecentar la cuota de sus hermanos.

Resumiendo los términos del acuerdo, que el lector interesado podrá consultar más abajo, el convento se compromete a lo siguiente:

  1. La capilla se ubicaría siempre colateral a la capilla mayor al lado del Evangelio, previéndose lo mismo para cuando se produzca el traslado a la iglesia nueva. En ese caso la capilla debe labrarla el convento y la familia Aranda realizar a su costa el resto de la obra, quedado autorizados a poner retablo, reja y escudo de armas.
  2. Los Aranda (y también sus criados) tendrán derecho de uso de la puerta que, frente a la capilla, conecta la iglesia con el claustro del convento.
  3. El convento dona la capilla a la familia Aranda y sus descendientes para sepultura. No obstante, independientemente de futuros enterramientos, Alonso de Aranda seguirá poseyendo las dos sepulturas que ya tenía en virtud de título de 5 de septiembre de 1647.
  4. Los Aranda tendrían títulos y honores de Fundadores de esta Sagrada Religión, portando el estandarte en las procesiones que celebre el convento, tanto dentro como fuera del mismo, incluyendo la de San Francisco. 
  5. Los frailes ofrecerían una misa todos los años por sus almas en las nueve fiestas de la Virgen (la Purificación, la Encarnación, la Visitación, las Nieves, la Asunción, Natividad, Presentación, Inmaculada Concepción y la Expectación) y por los días de San Bartolomé y San Ildefonso. Las salves de la cuaresma se harían en la capilla, ofreciéndose un responso por sus almas al final de las mismas.
  6. La cera para el altar y el aceite para la lámpara de la capilla irán por cuenta del convento “perpetuamente para siempre jamás”.
  7. El convento renuncia a la legítima que correspondía a fray Jerónimo de Aranda.
Por su parte, los hermanos Aranda se comprometen a mantener el altar de su capilla con frontal ara y manteles, y hacen entrega de mil doscientos ducados en principales de censos (que equivalen a cuatrocientos cincuenta mil maravedíes), con una renta de sesenta ducados anuales, y una aranzada de olivar en Estepa (partido de Gaspar Alcázar) para proveer el aceite necesario para la lámpara de la capilla.

Entre las curiosidades o llamadas de atención del documento, encontramos varias de cierta relevancia. Desde luego, la primera es la relativa a la propia iglesia. Actualmente está consagrada, de ahí su nombre, a la Virgen de la Victoria. Para nosotros y desde tiempo inmemorial se trata de la iglesia de la Victoria del convento franciscano. La calle lateral a la iglesia, hoy llamada Capitán de Corbeta Reina Carvajal, fue desde siempre la calle de la Victoria y el paseo alto por el que se accede a la iglesia, es conocido por el Paseíto de la Victoria. Sin embargo la primitiva iglesia, aun desconociendo a quién se consagró, no lo fue desde luego a la Virgen de la Victoria. Por la presente escritura sabemos que la Virgen de la Salud y la Victoria únicamente fue titular de la capilla de los Aranda. Pérez de Siles en sus Apuntes Históricos de la villa de Puente Genil sitúa (ya en la iglesia nueva) la imagen de San Juan Nepomuceno en lo que originariamente debió ser el altar de Nuestra Señora de la Salud y la Victoria.

Y respecto a los personajes que entre las líneas de tinta y los pliegos de papel encontramos, destaca en primer lugar la figura de Juan Ruiz Obrero, escribano de la villa desde 1647 a 1684 y su vicario parroquial entre 1631 y 1660, por lo que como tal actuó en el cabildo abierto para el nombramiento de la Inmaculada Concepción como patrona de la Puente de don Gonzalo en 1650, en cuya acta aparece su nombre completo, Juan Ruiz Obrero de Doñamayor.

La familia Aranda era sin duda, si no la que más, una de las más representativas y relevantes de la villa, no sólo en aquellos años, sino a lo largo de nuestra corta Historia. Y la importancia en la Historia no se adquiere únicamente a partir de la riqueza familiar, que sabemos impresionante, sino por la generosidad mostrada a partir de la tenencia de un patrimonio casi ilimitado y por la capacidad para participar en los asuntos de la villa. En este sentido, la familia Aranda se constituía en admirable ejemplo de generosidad y compromiso. Alonso de Aranda no sólo fue escribano entre 1633 y 1672 (también actuó en el cabildo inmaculista de 1650) y, según parece por el contenido del documento, escribano mayor del cabildo. El mismo Alonso se nos aparece en una nueva ventana de la Historia relacionada con la Cofradía del Señor de la Humildad. Como es sabido, esta cofradía deviene de la de la Caridad, cuyo origen se nos pierde en la oscuridad del tiempo, y que en 1664 se convirtió en la actual de la Humildad. En las constituciones o reglas de las que se dota la Cofradía del Señor de la Humildad, hoy desaparecidas, se hace saber que es el propio Alonso el encargado de portar su estandarte, que sufragó de su peculio, y de pagar a veinticuatro hombres que fuesen con luces acompañando la procesión del Miércoles Santo. A Alonso lo sigue Bartolomé de Aranda, licenciado. Desconocemos si es éste el Bartolomé de Aranda cuya presencia se acredita en el acta del cabildo de la Inmaculada Concepción entre los “doctores y licenciados” que acudieron al mismo, o si se trata de su padre, de igual nombre y también doctor. Finalmente el último de la familia, obviando a Jerónimo, fraile en el convento de la Puente, es el llamado Pedro de Aranda, que ejerció de Alguacil Mayor de la villa entre 1651 y 1655.

A lo largo del documento vemos surgir, siquiera levemente, los nombres de algunos de los notarios –escribanos– que a lo largo de los siglos participaron del devenir de sus vecinos. Así se nos muestran escrituras otorgadas por Antonio de León, escribano entre 1624 y 1646; Juan Garrido, cuyo primer año de escribano fue el de 1581 y aunque no sabemos cuándo finalizó su ejercicio, sí llegó al menos hasta 1587, fecha de una de las escrituras que aparecen en el traslado que estudiamos. Bartolomé de Alberca lo fue entre 1577 y 1581 según nos cuenta Agustín Pérez de Siles, aunque aquí recogemos un documento de fecha anterior, concretamente de 1569; Alonso Fernández de Baeza, entre 1558 y 1592; Bartolomé de Uceda, a quien nuestro historiador decimonónico sitúa entre 1545 y 1557, aunque descubrimos un instrumento suyo de 1565; Antonio Páez, entre 1633 y 1646; Antón Ruiz Arjona a quien ahora ya podemos ubicar en 1541; Gonzalo Gutiérrez entre 1558 y 1597; Pedro Alonso Bermejo entre 1611 y 1614 y, finalmente, Marcos Gutiérrez, que ni siquiera aparece en el listado de escribanos de los Apuntes Históricos… y descubrimos una escritura suya otorgada en 1593.

A mayor abundamiento y para consulta de interesados y curiosos, transcribimos el documento completo, del que hemos respetado el estilo, pero adaptado grafías e insertado tildes y signos de puntuación para una más cómoda lectura. El autor del artículo avisa de su condición de simple aficionado, por  lo que advierte contra posibles errores:
 



Los señores Alonso de Aranda, Ldo. Don Bartolomé de Aranda y Don Pedro de Aranda escritura de fundación en el convento de Señor San Francisco de Paula de la villa de la Puente. Año de 1659.

Estos papeles pertenecieron a los fundadores de los XXXXXX del Patronato y Capilla de Nuestra Señora XXXXX Testamentos de XXXXX Alonso de Aranda, licenciado Bartolomé de Aranda - Carta de dote de XXXXX de ellos=


En el nombre de Dios amén sepan cuantos esta carta vieren como en la villa de la Puente don Gonzalo en veinte y seis días del mes de julio de mil y seiscientos cincuenta y nueve años, estando en el convento del señor san Francisco de Paula de esta villa ante mí Juan Ruiz Obrero escribano del rey nuestro señor y público y de los testigos aquí contenidos se juntaron a capítulo el dicho convento y frailes llamados a son de campana tañida como lo han de uso y costumbre el muy reverendo padre fray Blas Jiménez, corrector del dicho convento, fray Ciriaco de León y Hermosilla, fray Francisco Samaniego Castillejo, fray Juan Fernández Bustamante, fray Juan Bautista Hurtado, fray Bartolomé de Prados Navarrete, predicador jubilado, fray Gerónimo de Aranda, fray Gerónimo de Alcázar, fray Agustín de Torres, fray Juan de Aguilar, fray Alonso de Herrera, fray Mateo Carrillo, fray Alonso de ¿Llanos? y fray Manuel de Illescas, todos frailes y religiosos profesos y conventuales del dicho convento por sí y los demás frailes religiosos del que de presente son y adelante fueren por quien prestaron voz y caución de XXXX que XXX y pasarán por lo aquí contenido XX expresan obligación que para ello hicieron de los bienes y rentas de este dicho convento XXX, por cuanto Alonso de Aranda escribano mayor del Cabildo de esta villa y el licenciado Don Bartolomé de Aranda presbítero, y Don Pedro de Aranda Alguacil Mayor de ella, hermanos hijos del doctor Bartolomé de Aranda y de doña Inés de Mesa su mujer, difuntos vecinos de esta dicha villa que están presentes y Doña Marina de Siles mujer del dicho Alonso de Aranda ante mi XX y tienen mucha devoción a esta Sagrada religión y para que se continúe en sus hijos y descendientes, han querido y quieren dotar en el dicho convento la capilla lateral a la mayor de su iglesia a la parte del Evangelio que tiene por advocación nuestra señora de la salud y de la victoria y porque de ello se beneficia Dios nuestro señor y se aumentará su culto y sus ánimas y las de sus padres y difuntos y los de purgatorio reciban sufragio con las fiestas y misas que se han de decir y para adjudicación de la dicha capilla para su sepultura y de sus mujeres, hijos y descendientes y las otras personas que ellos y los patronos que les sucedieran cada cual en su tiempo quisieren y deseen con título y privilegio de fundadores de esta sagrada religión y para ello su paternidad muy reverendo el padre fray Alonso de Padilla lector jubilado y provincial de esta provincia de Granada despachó su patente y licencia refrendadas del padre fray Melchor de Colmenares XXX y secretario su fecha en esta villa estando en visita en el dicho convento a los treinta de marzo de este dicho año y el dicho Convento hizo sus tratados y sesiones en orden al referido y a la renunciación de la herencia que pertenecía al dicho Convento de la dicha Doña Inés de Mesa, en cabeza del padre Fray Gerónimo de Aranda su hijo y hermano de los susodichos y otras condiciones y declaración puestos por dicho Alonso de Aranda y sus hermanos que se aceptaron por este dicho convento en dichos tratados y sesiones, que es como sigue:

(al margen “Licencia del p. Provincial”). Fray Alonso de Padilla lector jubilado y provincial de los Mínimos en esta provincia de Granada. Por cuanto por parte de la comunidad de nuestro convento de recolección de la villa de la puente don Gonzalo de nuestro padre San Francisco de Paula se nos ha hecho representación que está convenido con el secretario Alonso de Aranda, el licenciado Don Bartolomé de Aranda y Don Pedro de Aranda, hijos del Doctor Bartolomé de Aranda difunto, en que han de tomar la fundación de la capilla de nuestra Señora de la Salud sita en la iglesia de este dicho nuestro convento con ciertas condiciones y calidades y se nos ha pedido que demos licencia para hacer sobre ellos los tratados y escritura que el derecho dispone. Por tanto atendiendo que la dicha fundación quedará en utilidad y conveniencia de dicho nuestro convento, por el tenor de la presente damos licencia a la dicha comunidad para que pueda hacer y haga los dichos tratados y escritura en la mejor forma que por derecho podemos. Dada en nuestro convento de recolección de nuestro padre San Francisco de Paula de la villa de la puente don Gonzalo en treinta días del mes de Marzo de mil y seiscientos y cincuenta y nueve, sellada con el sello menor de nuestro oficio y refrendada por el infrascrito secretario. Fray Alonso de Padilla provincial por mandato de su paternidad muy reverendo fray Melchor de Colmenares XXXXX y secretario-----

Fray Alonso de Padilla lector jubilado y provincial de los Mínimos en esta provincia de Granada, por cuanto por parte de la comunidad de este nuestro convento de recolección de la villa de la puente don Gonzalo de nuestro padre San Francisco de Paula se nos ha hecho representación que está convenido con el secretario Alonso de Aranda, el licenciado don Bartolomé de Aranda y Don Pedro de Aranda, hijos todos del Doctor Bartolomé de Aranda difunto, en que han de tomar la fundación de la capilla de nuestra Señora de la Salud sita en la iglesia de este dicho nuestro convento con ciertas condiciones y calidades y se nos ha pedido que demos Licencia para hacer sobre ello los tratados y escritura que el derecho dispone. Por tanto entendiendo que la dicha fundación quedará en utilidad y conveniencia de dicho nuestro convento, por el tenor de la presente damos Licencia a la dicha comunidad para que pueda hacer y haga los dichos tratados y escritura en la mejor forma que por derecho podemos. Dada en este nuestro convento de recolección de nuestro padre San Francisco de Paula de la villa de la Puente don Gonzalo en treinta días del mes de Marzo de mil y seiscientos y cincuenta y nueve, sellada con el sello menor de nuestro oficio y refrendada por el infrascrito secretario. Fray Alonso de de Padilla Provincial; por mandado de su paternidad muy reverendo fray Melchor de Colmenares XXXX y secretario. Concuerda con su original que está escrito en papel común y este traslado lo doy y escribo en papel del cuarto sello, para que se ponga en el registro protocolo para la escritura que se ha de otorgar en conformidad de la premática real del papel sellado y la dicha licencia original así mismo está en estos autos y tratados que se han de hacer para la dicha escritura en la Puente en catorce días del mes de junio de mil seiscientos y cincuenta y nueve años. Y lo signa y firma en testimonio de verdad Juan Ruiz Obrero escribano-------

En la villa de la puente don Gonzalo en catorce días del mes de junio de mil seiscientos cincuenta y nueve años estando en el convento de recolección de señor san Francisco de Paula de esta villa por presencia de mi Juan Ruiz Obrero escribano del rey nuestro señor y público y de los testigos aquí contenidos se juntaron a capítulo el dicho convento y religiosos de él, llamados a son de campaña tañida como lo han de uso y costumbre, es a saber el muy reverendo padre fray Blas Jiménez, corrector, fray Juan Bustamante, Fray Ciriaco de León y Hermosilla, fray Juan Bautista Hurtado, Fray Bartolomé de Prados Navarrete predicador jubilado, fray Gerónimo de Aranda, fray Alonso de Herrera, fray Agustín de Torres, fray Juan de Aguilar, fray Sebastián de la Rosa, fray Mateo Carrillo, fray Alonso de Llano (¿de Llamas?), fray Pedro Hidalgo y fray Manuel de Illescas; todos frailes profesos y conventuales del dicho convento a quien conozco y estando juntos; el dicho reverendo padre corrector les represento y propuso ante dicho convento como bien sabían y les XXXXXX cómo Alonso de Aranda escribano mayor del Cabildo de esta villa y el licenciado Don Bartolomé de Aranda presbítero y Don Pedro de Aranda alguacil mayor, hermanos, hijos del Doctor Bartolomé de Aranda y de Doña Inés de Mesa su mujer difuntos vecinos de esta villa, han tratado con este convento y religioso se les de y done la capilla colateral a la mayor de la iglesia del dicho convento a la parte del evangelio que tiene por adscripción nuestra señora de la salud para su sepultura y de sus mujeres, hijos y descendientes y de las otras personas que a ellos o a los patronos que sucedieren cada cual en su tiempo quisieren y así ha de ser con título y privilegio de fundadores de esta sagrada religión y lo hacen con las calidades y condiciones siguientes-----

Lo primero que los susodichos su mujeres hijos y descendientes para siempre jamás han de tener el dicho título de fundadores de esta sagrada religión y han de ser patronos de dicha capilla y han de gozar de todos las honras, franquezas y excepciones que los tales fundadores y patronos han de gozar siendo partícipes de lo que está concedido a la regla por los sumos pontífices y actas generales.

Que en cada un año perpetuamente para siempre jamás el dicho convento y religiosos han de tener obligación a decir y hacer decir y cantar por sus almas y las de los dichos sus padres y demás sus difuntos y sucesores las nueve fiestas de nuestra señora solemnes en sus días y XXXXX y asimismo dos fiestas de señor san Bartolomé y san Ildefonso, todas solemnes.

Que las salves de la cuaresma de cada año perpetuamente el dicho convento y frailes las han de decir y cantar en la dicha capilla y su altar y al fin de cada salve decir un responso cantado por sus almas, sus padres y difuntos.

Que en todas las procesiones que se celebraren y hicieren en el dicho convento dentro de su iglesia o salieren a la calle de ella, así la del glorioso San Francisco como otros aunque aquí no vayan declaradas, perpetuamente para siempre jamás se les han de dar a cualquiera de los susodichos sus hijos y descendientes el estandarte guion que se acostumbrare llevar en los dichas procesiones, como se acostumbra a los tales fundadores y patronos.

Que se les ha de dar velas el día de Nuestra Señora de la Purificación y palmas el Domingo de Ramos de cada año perpetuamente para siempre jamás  a ellos, sus mujeres y sucesores en esta fundación.

Que la dicha capilla de nuestra señora ha de estar sita en la iglesia de el dicho convento en el sitio donde de presente está, colateral a la capilla mayor a la parte del evangelio, la cual ha de permanecer para los susodichos, sus mujeres, hijos y descendientes y el hueco (¿?) de ella y demás dos sepulturas de la parte adentro de la iglesia los primeros arrimados a dicha capilla y dicho arco colateral lo que le correspondiere para quien esos puedan hacer entierro (¿guoco?) y poner asientos de arrimo competentes a tales fundadores para ellos, sus mujeres e hijos y descendientes. Y si el altar mayor que está de presente en dicha iglesia se trasladare a otra parte de ella más competente, la dicha capilla y altar de nuestra señora, el dicho convento la ha de dar en sitio que le corresponda colateral a la capilla mayor a la parte del evangelio dándole puerta para su uso a el dicho convento y lo mismo se entiende de cuando se traslade a iglesia nueva conforme la planta que tienen el dicho convento dándole las dichas dos sepulturas y arrimo de asientos en la forma que queda dicho. Y el dicho convento la ha de labrar a su costa XXXXX; y por cuenta de los susodichos y sus sucesores la demás obra necesaria. Y si les pareciere puedan poner reja con el escudo de armas como se acostumbra a los tales fundadores.

Que la puerta que de presente está en la dicha iglesia frontera de la dicha capilla, ha de estar permanente para que por ella entren a la iglesia y hagan de ella el uso de la dicha capilla los susodichos, sus mujeres e hijos y descendientes y criados y lo mismo se les ha de dar puerta al claustro trasladándose el dicho altar a la iglesia nueva.

Que dos sepulturas que el dicho Alonso de Aranda tiene en dicho convento, que es la una en la primera hilera al lado de la epístola, que empieza desde el púlpito hasta la dicha puerta, y a otra en el mesmo lado que es la que comienza desde la puerta que sale al claustro que está debajo del coro se le ha de quedar al susodicho para su uso en la conformidad del título dado por este convento a los cinco de septiembre del año pasado de mil seiscientos cuarenta y siete.

Que por esta fundación y dotación los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos dan a este dicho convento mil y doscientos ducados en principales de censos para que tenga sesenta ducados de renta cada año, conforme la nueva premática de su Majestad y una aranzada de olivar poco más o menos lo que está de las lindes adentro en el partido de Gaspar Alcázar término de la villa de Estepa, linde con herederos de Andrés Fernández Frutos y de Andrés García Carbonero y el camino de esta y otros. Y con esta fundación y renta que para ella se da, el dicho convento se ha de satisfacer por cualquiera derecho y acción que tenga y pueda tener a los bienes y hacienda de la dicha doña Inés de Mesa su madre, en cabeza del dicho fray Gerónimo de Aranda, su hijo y hermano de los susodichos y renuncian de dicha herencia con los dichos sus hermanos. Por tanto el dicho reverendo padre corrector dijo a el dicho convento y religiosos, den su parecer de lo que se ha de hacer en razón de lo referido y lo que así piden los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos, de donarles la dicha capilla, entierro y patronato de ella con la dicha fundación con las condiciones y declaraciones referidas y hacer dicha renunciación de herencia de la dicha su madre y los dichos convento y frailes respondieron que antes de ahora han tratado y conferido lo que está dicho. Y les ha parecido y parece que es útil y conveniente a este dicho Convento que se efectúe lo referido por la dicha dotación y renta que dan y lo demás que hacen en su favor. Y el dicho reverendo padre corrector se conformó con lo que dicen los dichos religiosos y porque se haga con más deliberación y acuerdo les encargó y siendo necesario en virtud de santa obediencia, les manda vean y confieran lo susodichos para el segundo tratado que se ha de hacer dando su parecer y así se definió esta primera sesión y tratado. De todo lo cual yo el presente escribano doy fe. Testigos Francisco XXXX, el Ldo. Francisco de Vargas y Simón de XXX vecinos de esta villa y conozco los otorgantes que lo firmaron y un testigo por fray Pedro Hidalgo por no saber, fray Blas Jiménez corrector, fray Juan Fernández, fray Ciriaco de Hermosilla, fray Juan Bautista Hurtado, fray Bartolomé de Prados Navarrete, fray Jerónimo de Aranda, fray Alonso de Herrera, fray Agustín de Torres, fray Juan de Aguilar, fray Sebastián de la Rosa, fray Mateo Carrillo, fray Manuel de Illescas, fray Alonso de  ¿Llama?, por testigo el licenciado Francisco de ¿Nargos? ¿Vargas?=. Juan Ruiz Obrero, escribano.

(Al margen: “Segundo tratado”). En la villa de la puente don Gonzalo en diez y seis días del mes de junio de mil y seiscientos cincuenta y nueve años estando en el convento de recolección del señor san Francisco de Paula de esta villa, por presencia de mi, Juan Ruiz Obrero, escribano del rey nuestro señor y público y de los testigos aquí contenidos, se juntaron a capítulo el dicho convento y religiosos del llamado a son de campana tañida como lo han de uso y costumbre, es a saber el muy reverendo padre fray Blas Jiménez, corrector, fray Juan Fernández Bustamante, fray Ciriaco de León y Hermosilla, fray Juan Bautista Hurtado, fray Bartolomé de Prado Navarrete, predicador jubilado, fray Jerónimo de Aranda, fray Alonso de Herrera, fray Agustín de Torres, fray Juan de Aguilar, fray Sebastián de la Rosa, fray Mateo Carrillo, fray Alonso de Llamas y fray Manuel de Illescas, todos frailes profesos y conventuales del dicho convento, a quien yo el dicho escribano conozco, y estando juntos, el dicho reverendo padre corrector, les dijo en sustancia al dicho Convento y frailes, lo que tienen pedido y tratado con este convento Alonso de Aranda, escribano mayor del Cabildo, y el licenciado Don Bartolomé de Aranda, presbítero, y Don Pedro de Aranda, alguacil mayor, hermanos vecinos de esta villa, en orden a que se les de y done la capilla colateral a la mayor, a la parte del evangelio, que tiene por adscripción nuestra Señora de la Salud, para sepultura de sus mujeres, hijos y descendientes, con título y privilegio de fundadores y patronos de la Sagrada religión según y de la forma y con las condiciones y declaraciones que se contienen en el primero tratado y sesión que se hizo por este dicho convento ante mí el dicho escribano a los catorce del corriente y les pidió parecer al dicho convento y frailes si convendrá el que se les de y done la dicha capilla en la forma y como se contiene en el dicho primero tratado. Y el dicho Convento y frailes dijeron que no han hallado causa, porque se debe de hacer lo que piden los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos, de donarles la dicha capilla, entierro y patronazgo de ella, y les parece se haga lo que tienen pedido los susodichos por la conveniencia que se les sigue al el dicho convento por la dotación y renta que se da a él y están presto de que se haga escritura. Y al dicho reverendo padre corrector le pareció lo mismo y se conformó con lo que dicen el mismo convento y frailes. Y porque se haga con más deliberación y acuerdo la dicha escritura les encargó y siendo necesario en virtud de santa obediencia les mandó vean y confieran los susodichos para el tercero tratado que se ha de hacer, dando su parecer y así se definió este segundo tratado y sesión. De todo lo cual yo el presente escribano doy fe, testigos el Ldo. Francisco de Vargas, Lucas Moreno de Lara y Fernando ¿Hacica?, vecinos de esta villa. Otrosí los dichos fray Ciriaco de León y Hermosilla y fray Juan de Aguilar dicen que hacen ausencia de este convento y así no pueden asistir en el tercero tratado, que desde ahora para cuando se haga, ellos por lo que les toca, vienen en lo que trataren y resolvieren este dicho Convento. Y lo firman fray Blas Jiménez, corrector; fray Juan Fernández; fray Ciriaco de Hermosilla, fray Juan de Aguilar; fray Juan Bautista, fray Bartolomé de Prados Navarrete, fray Jerónimo de Aranda, fray Alonso de Herrera, fray Agustín de Torres, fray Sebastián de la Rosa, fray Mateo Carrillo, fray Manuel de Illescas, fray Alonso de Llanos. Juan Ruiz Obrero, escribano.

(Al margen “Tercero tratado”) En la villa de la puente don Gonzalo en diez y ocho días del mes de junio de mil seiscientos cincuenta y nueve años, estando en el convento de recolección del señor san Francisco de Paula de esta villa, por presencia de mí Juan Ruiz Obrero, escribano del rey nuestro señor y público y de los testigos aquí contenidos, se juntaron a capítulo el dicho Convento y religiosos del llamado a son de campana tañida como lo han de uso y costumbre, a saber el muy reverendo padre fray Juan Jiménez, corrector; fray Juan Fernández Bustamante; fray Juan Bautista Hurtado; fray Bartolomé de Prados Navarrete, predicador jubilado; fray Jerónimo de Aranda; fray Alonso de Herrera, fray Agustín de Torres; fray Sebastián de la Rosa, fray Mateo Carrillo, fray Alonso de Llanos y fray Manuel de Illescas, todos frailes profesos y conventuales del dicho convento, a quien yo el dicho escribano conozco, y estando juntos, el dicho reverendo padre corrector les dijo en sustancia al dicho convento y frailes lo que tienen pedido y tratado con este dicho convento Alonso de Aranda, escribano mayor del cabildo y el Ldo. Don Bartolomé de Aranda, presbítero y Don Pedro de Aranda, alguacil mayor, hermanos vecinos de esta villa, en orden a que se les de y done la capilla colateral a la mayor a la parte del evangelio que tiene por advocación nuestra Señora de la Salud para su sepultura y de sus mujeres, hijos y descendientes, con título y privilegios de fundadores de esta sagrada religión según y de la forma y con las condiciones, declaraciones, que se contienen en el primero tratado y sesión que se hizo por este dicho convento ante mí el dicho escribano a los catorce del corriente y así mismo se hizo otro segundo tratado y sesión por este dicho convento a los diez y seis días de él; y les pidió parecer al dicho convento y frailes si convendrá al dicho convento el que se les dé y done al dicho Alonso de Aranda y sus hermanos, mujeres hijos y descendientes, la dicha capilla en la forma y como se contiene en los dichos primero y segundo tratado y sesiones. Y el dicho convento y frailes dijeron que no han hallado causa, porque se debe de hacer lo que piden los susodichos de que este dicho convento haga dicha donación de la dicha capilla, entierro y patronato de ella con título de dichos fundadores y que se haga escritura como lo tienen pedido los susodichos por la conveniencia que se sigue a este dicho convento por la dotación que tienen ofrecida en el dicho primero tratado, y demás de ello ofrecen los susodichos, que el altar de la dicha capilla siempre lo tendrán con frontal ara y manteles, de forma que en él se pueda celebrar. Y el dicho reverendo padre corrector le pareció lo mismo y se conformó con lo que dicen el dicho convento y frailes y todos juntos por sí y los demás religiosos que de presente son y adelante fueren, por quien prestaron voz y caución ¿DECRETARON? que estarán y pasarán por lo que aquí contenido, so expresa obligación que para ello hicieron de los bienes y rentas de este dicho convento habidos y por haber, aprobaron estos tratados y sesiones como en ellos se contiene y se obligaron de hacer la dicha escritura y lo firmaron, de que doy fe. Testigos el licenciado Mateo Muñoz de Carmona, el licenciado Francisco de Vargas y Lucas Moreno de Lara, vecinos de esta villa; fray Blas Jiménez corrector; fray Juan Fernández; fray Juan Bautista Hurtado; fray Bartolomé de Prados Navarrete; fray Jerónimo de Aranda; fray Alonso de Herrera; fray Agustín de Torres; fray Sebastián de la Rosa; fray Mateo de Carrillo; fray Alonso de Llanos; fray Manuel de Illescas. Juan Ruiz Obrero, escribano.----

(Al margen “prosigue”). Y en ejecución de lo susodicho y cumpliendo con la dicha licencia          y tratados y estando como está el dicho convento y frailes informados de su derecho y lo que en este caso les conviene hacer, y habiendo habido sobre ello su acuerdo y deliberación aprobando como ante todos XXXX aprueban y ratifican los dichos tratados en todo y para todo como en ello se declara y declarado sea cierto lo referido y en aquella vía y forma que mejor haya lugar, de derecho lo otorgaron y consienten por esta presente carta que en nombre del dicho convento y frailes de él, harían e hicieron a los dichos Alonso de Aranda, Licenciado Don Bartolomé de Aranda y Don Pedro de Aranda, y a sus sucesores gracia y donación y adjudicación desde ahora y para siempre jamás de la dicha capilla para que sea suya propia y de sus herederos y sucesores y de las otras personas que su título o causa tuvieran en cualquiera manera con las condiciones siguientes.

Lo primero con condición de que los dichos Alonso de Aranda, Licenciado Don Bartolomé de Aranda y Don Pedro de Aranda y sus mujeres, hijos y descendientes, perpetuamente para siempre jamás han de tener el dicho título de fundadores de esta sagrada religión y han de ser patronos de la dicha capilla y han de gozar de todas las honras, franquezas y excepciones que los tales fundadores y patronos deben gozar siendo partícipes de todo lo que está concedido a la regla por los sumos pontífices y actas generales como se declara en el primero tratado que se hizo por este dicho convento que aprobó y ratificó por el segundo y tercero tratado que todo va inserto en esta escritura.

Y con condición que en cada un año perpetuamente para siempre jamás este dicho convento y frailes han de tener obligación de decir y hacer decir en la dicha capilla y cantar por las ánimas de los dichos Alonso de Aranda, sus hermanos sus padres y difuntos y sucesores las nueve fiestas y festividades de Nuestra Señora, que son su Purificación, la Encarnación, la Visitación, la festividad de las Nieves, la Asunción, la Natividad, la Presentación, su Inmaculada Concepción y la fiesta de su Expectación, todas solemnes en sus días octavos. Y así mismo dos fiestas los días del Señor San Bartolomé y San Ildefonso, asimismo solemnes.

Y con condición que este dicho convento y frailes han de tener obligación de decir y hacer decir y cantar en la dicha capilla y su altar las salves de la cuaresma de cada un año perpetuamente y al fin de cada salve decir un responso cantado por las almas de los susodichos, sus padres y difuntos y sucesores.

Y con condición de que todas las procesiones que se celebraren y hicieren en el dicho convento dentro de su iglesia o claustro, o salieren a la calle en esta villa así la del glorioso san Francisco de Paula nuestro padre, como las demás que así se hicieren aunque aquí no vayan declaradas perpetuamente para siempre jamás, se les ha de dar a los dichos Alonso de Aranda, sus hermanos, hijos y descendientes el estandarte guion que se acostumbrare llevar en las dichas procesiones como se acostumbra a los tales fundadores y patronos.

Y con condición de que el dicho convento y frailes ha de tener obligación de dar a los dichos Alonso de Aranda, sus hermanos, sus mujeres y sus sucesores en esta fundación, velas el día de nuestra Señora de la Purificación y palmas los Domingos de Ramos de cada año, estándose celebrando los divinos oficios perpetuamente.

Y con condición de que la dicha capilla de nuestra señora de la Salud y de la Victoria ha de estar sita en la iglesia de dicho convento en el sitio donde de presente está colateral a la capilla mayor a la parte del Evangelio, la cual ha de permanecer para los dichos Alonso de Aranda, sus hermanos, sus mujeres, hijos y descendientes, y el bueco (¿HUECO?) y ¿VÓVEDA? de ella, y asimismo dos sepulturas de la parte de adentro de la iglesia las primeras arrimadas a dicha capilla y dicho arco colateral lo que les correspondiere tomando principio desde el dicho arco colateral para que en ellos puedan hacer entierro y ¿VÓVEDA? y poner asientos de arrimo competentes a tales fundadores para ellos, sus mujeres, hijos y descendientes. Y sin su voluntad, el dicho convento y frailes no han de poder poner otros asientos en ningún tiempo del año más de los que pusieren el dicho Alonso de Aranda, sus hermanos y descendientes.

Y con condición que si en algún tiempo el altar mayor que está de presente en la dicha iglesia, se trasladare a otra parte de ella más competente, la dicha capilla y altar de nuestra señora el dicho convento ha de tener obligación de darla en sitio que corresponda colateral a la capilla mayor a la parte del evangelio dándole puerta para su uso al dicho convento y claustro. Y lo mismo se ha de entender y entienda cuando se traslade a la iglesia nueva conforme a la planta que tiene el dicho convento dándole las dichas dos sepulturas y arrimo de asientos en la forma que se declara en la condición de arriba y tratados en esta escritura insertos.

Y con condición que este dicho convento y frailes han de tener obligación de labrar a su costa XXXXXXX la dicha capilla llegando el caso de trasladarse así en dicha iglesia como en la nueva, en la forma que va dicho y declarado; y por cuenta de los dichos Alonso de Aranda, sus hermanos y sucesores, hacer las demás obras necesarias y si les pareciere a los susodichos puedan poner retablo y reja con escudo de armas y losa como se acostumbra a tales fundadores.

Y con condición que la puerta que de presente está en la dicha iglesia frontera de la dicha capilla que sale a dicho convento y claustro, a de estar permanente para que por ella entren a la iglesia y salgan de ella al uso de la dicha capilla los dichos Alonso de Aranda, sus mujeres, hijos y descendientes y criados y lo mismo se ha de entender llegando el caso de la dicha trasladación de capilla teniendo obligación el dicho convento de dar puerta al claustro, como dicho es.

Y con condición que el dicho Alonso de Aranda, sus hermanos y descendientes, perpetuamente para siempre jamás han de tener el altar de la dicha capilla con frontal ara, y manteles de forma que en él se pueda celebrar.

Y con condición que el dicho convento, la cera que fuere necesaria para el altar para la celebración de las fiestas y salves que se han de decir y cantar en la dicha capilla la ha de dar y poner el dicho convento perpetuamente para siempre jamás. Y assimesmo a de dar el aceite para la lámpara de la dicha capilla.

Y con condición que dos sepulturas que el dicho Alonso de Aranda tiene en la iglesia del dicho convento que son, la una en la primera hilera al lado de la epístola que empieza desde el púlpito hasta la puerta de el usso de la dicha capilla declarada en esta escritura y, la otra, en el mesmo lado que es la que comienza desde la puerta que sale al claustro que está debajo del coro, se han de quedan como se quedan para el susodicho y sus descendientes, para que usen de ellas como lo han hecho antes de ahora y hacen a mayor abundamiento les hace el dicho convento y frailes donación y adjudicación de dichas dos sepulturas en forma bastante de derecho con todas las cláusulas necesarias para su validación.

Y los dichos Alonso de Aranda, Ldo. Don Bartolomé de Aranda y Don Pedro de Aranda, por esta dotación dan a este dicho convento y frailes mil y doscientos ducados en principales de censos y aranzadas de olivar como irá declarado para el aceite de la lámpara de la dicha capilla que tiene obligación el dicho convento a dar como va declarado que los dichos censos y olivar son como siguen:

Un censo de ciento y ochenta y siete mil y quinientos maravedís de principal por nueve mil trescientos y setenta y cinco maravedís de renta en cada un año que es ¿ARA CON DE VEINTE MIL EL MILLAR?  conforme  la nueva premática de su Magostad contra Pedro Fernández ¿DE LAS HIJAS? y Catalina Jiménez de ¿ÁLORA? su mujer, impuesto sobre un cortijo y noventa fanegas de tierra que está parte de ella de garrotal en el partido de los Pedernales y Isla de Martos, término de la villa de Estepa por escritura ante Antonio de León escribano público que fue de esta villa su fecha en diez y seis de septiembre del año pasado de mil y seiscientos y cuarenta y dos y se paga por San José y Navidad; y corre la dicha renta para el dicho convento desde San José pasado de este presente año de mil y seiscientos y cincuenta y nueve de que se han de hacer primera paga el día de Navidad fin de él.

Otro censo de sesenta mil maravedís de principal por tres mil maravedís de renta en cada un año, contra Juan Bautista ¿MANOS? y Ana García su mujer, vecinos que fueron de esta villa por escritura ante Juan Garrido escribano público que fue de ella a os veinte y seis de febrero del año pasado de mil y quinientos y ochenta y siete que de presente lo paga Cristóbal del Pino Carvajal y Andrea de Gálvez su mujer, por escritura ante el dicho Antonio de León su fecha a los diez y nueve de junio de el año pasado de mil y seiscientos y cuarenta y cuatro y se paga por los dichos días de San José y Pascua de Navidad y corre para el dicho convento la renta desde el dicho día de San José de este año en adelante y el dicho censo está sobre dos pares de casas de esta villa en la calle de la cárcel ¿VIEJA?.

Otro censo de cincuenta y tres mil maravedís de principal por dos mis seiscientos y cincuenta maravedís de renta en cada un año, contra Juan de Gálvez Merino que fue de esta villa por escritura ante Bartolomé de Alberca, escribano público que fue de ella, su fecha a los veinte y siete de diciembre del año pasado de mil y quinientos y setenta y ocho; que de presente lo paga Antón García Matas XXXXX por escritura ante Juan Ruiz Obrero escribano público de esta villa presente ante quien se otorga esta escritura, su fecha a los catorce de Abril del año pasado de mil y seiscientos y cuarenta y siete impuesto sobre seis aranzadas de villa y seis fanegas y tres celemines de tierra en el partido de los Arenales y se paga por los dichos días de San Juan y Pascua de Navidad de cada año, y corre para el dicho convento desde el dicho día de san Juan de este año en adelante.

Otro censo de treinta y siete mil y quinientos maravedís de principal para mil ochocientos y setenta y cinco maravedís de renta en cada un año que pagan por los dichos días de San Juan y Pascua de Navidad impuesto sobre cuatro aranzadas de viña y olivar y un pedazo de corral en el partido de los Arenales que lo paga Domingo Piñero e Isabel Pérez su mujer por escritura ante el dicho Antonio de León su fecha en primero de Enero del año pasado de mil y seiscientos y cuarenta y corre para el dicho convento desde el dicho día de San Juan de este año en adelante.

Otro censo de cuarenta y sete mil ciento y veinte y cuatro maravedís de principal por dos mil y trescientos y cincuenta y seis maravedís de renta en cada un año contra Diego López Barbero y Juana de Espejo su mujer por escritura ante Alonso Fernández de Baeza escribano público que fue de esta, su fecha en ella a cuatro de marzo del año pasado de mil quinientos y ochenta y nueve impuesto sobre unas casas en esta villa en la calle de La Plaza que de presente lo paga Bartolomé Velasco de la Torres y se paga por los dichos días de San Juan y pascua de Navidad y corre para el dicho convento desde el dicho día de San Juan de este año en adelante.

Otro censo de catorce mil maravedís de principal por setecientos maravedís de renta en cada un año contra Bartolomé Gómez de castro y Juana González su mujer por escritura ante Bartolomé de Uceda, escribano público que fue de esta villa su fecha veinte y dos de enero del año pasado de mil quinientos y sesenta y cinco años que de presente lo paga Francisco García del Corral y Francisco González, impuesto sobre dos pares de casas en esta villa en la calle de Santa Catalina por escritura ante Antonio Páez escribano público que fue de ella a los veinte y seis de agosto del año pasado de mil y seiscientos y cuarenta y uno y se paga por los días veinte de Enero y veinte de julio de cada año y corre para el dicho Convento desde veinte de julio de este año de cincuenta y nueve.

Otro censo de tres mil y seiscientos maravedís de principal por seiscientos y chenta de renta en cada uno año contra Felipe de la Cruz de Gálvez, vecino de esta villa, por escritura ante Juan Ruiz Obrero escribano público presente ante quien se otorga esta escritura, su fecha en nueve de noviembre del año pasado de cincuenta y seis, impuesto sobre cuatro fanegas de tierra puesta de olivar y viña en el partido de la Cruz Banca que se pagan por San Juan y Pascua de Navidad y corre para el dicho convento desde el día de San Juan de este año de cincuenta y nueve en adelante.

Otro censo de doce mil y quinientos maravedís de principal por seiscientos y veinte y cinco maravedís de renta en cada un año contra Juan Muñiz de Carmona y Catalina Gómez su mujer, por escritura ante Antón Ruiz de Arjona escribano público que fue de esta villa a los seis de septiembre del año pasado de mil quinientos y cuarenta y uno que de presente lo paga Juan Gómez Escudero, y este dicho censo los imponedores del (se refiere a sus imponedores) se declara por escritura de venta que del otorgó Francisco de  Martos Cosano ante el dicho Antonio de León a los nueve de Julio del año pasado de cuarenta y cinco, y el dicho censo está sobre un pedazo de huerta en la Isla del Obispo y se paga por los días de San Miguel de cada uno año y corre para el dicho desde san Miguel que vendrá de este año en adelante.

Otro censo de doce mil maravedís de principal por seiscientos de renta en cada uno año, contra Juan Sánchez de Arroyo Benítez y Leonor Alonso su mujer y contra Alonso Ruiz Tejedor y María Ruiz su mujer por dos escrituras ante Gonzalo Gutiérrez escribano púbico que fue de esta villa su fecha de la una en primero de de octubre del año pasado de mil y quinientos y sesenta y cuatro, y la otra a los veinte y nueve días del mes de septiembre del dicho año, que de presente lo paga doña Juana de Martos Alfaro y don Juan de Alfaro y Martos su hijo, por escritura ante el dicho Juan Ruiz Obrero su fecha a los diez y siete de mayo del año pasado de cincuenta y uno, impuesto sobre siete aranzadas de olivar en el partido de Melchor de Úbeda y se pagan por los días de San Juna y pascua de Navidad de cada año, y corre para el dicho convente desde el dicho día de san Juan de este año de cincuenta y nueve en adelante.

Otro censo de quince mil maravedís de principal por seiscientos y cincuenta de renta en cada uno año contra Francisco Jiménez Borrego, por escritura ante Bartolomé de Alberca escribano público que fue de esta villa su fecha en veinte y dos de marzo del año pasado de mil y quinientos y sesenta y nueve, que de presente lo paga Antón Sánchez Moreno, por escritura ante el dicho Antonio de León su fecha a los catorce de Abril del año pasado de mil y seiscientos veinte y cinco impuesto sobre unas casas en esta villa en la calle de Aguilar y se paga por los días de San Juan de cada año corre para el dicho convento desde el dicho día de san Juan de este año en adelante. Y el dicho principal de censo lo dan los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos al dicho convento con cargo de dos misas perpetuas que se dicen por el ánima de Alonso Pérez XXXXXX en la iglesia parroquial de esa villa por los días de San Juan de cada uno año y ha de ser por cuenta del dicho convento el hacerlas decir en la dicha iglesia parroquial desde el dicho día de San Juan en adelante y por libre de otra carga y gravamen, y empezó el dicho censo de diez mil maravedís porque la demás cantidad XXXXXXXXXX de las dichas dos misas.

Otro censo de ocho mil maravedís de principal por cuatrocientos de renta en cada uno año contra Fernando Pérez de la Cuadra por escritura ante Pedro Alonso Bermejo escribano público que fue de esta villa en once de abril del año pasado de mil y seiscientos catorce, impuesto sobre dos pedazos de tierra y solares para casas en el partido de San Cristóbal y Tintor que se pagan por los días primero de abril de cada año y corre para el dicho convento desde primero de abril de este dicho año de cincuenta y nueve.

Otro censo de cinco mil maravedís de principal por doscientos y cincuenta de renta en cada año, contra Juan Martín Sastre por escritura ante Marzos Gutiérrez escribano púbico que fue de esta villa en diez y ocho de marzo de mil quinientos y noventa y tres que de presente lo paga Miguel del Pozo Bonillo, por escritura ante el dicho Antonio de León a los siete de agosto del año pasado de mil y seiscientos y cuarenta y seis, impuesto sobre unas casas en la calle la Plaza, y se pagan en los días de San Juan de cada año y corre para el dicho convento desde el día de San Juan de este año de cincuenta y nueve en adelante.

Trece mil trescientos y treinta y ocho maravedís en moneda de vellón para con ellos comprar un censo o bienes de la dicha cantidad a favor del dicho convento para que tenga la renta que corresponde a la dicha cantidad, los cuales se entregan en dinero de contado. 

Que dichos principales de censos y los maravedíes declarados hacen los dichos mil y doscientos ducados, que valen cuatrocientos y cincuenta mil maravedís, las cuales escrituras de censos y maravedís declarados recibe el dicho convento y frailes de los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos realmente y con efecto en presencia de mí el dicho escribano y testigos del cual entrego y recibo doy fe; porque se hizo en mi presencia y de los dichos testigos, y la dicha moneda fue de vellón corriente de a dos maravedís cada pieza = y así mismo los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos dan al dicho convento una aranzada de olivar poco más o menos lo que hay de las lindes adentro en el partido de Gaspar de Alcázar, término de la villa de Estepa, linde con herederos de Andrés Fernández Frutos y de Andrés García Carnerero, y el camino de Écija para que de sus frutos perpetuamente le provea el aceite necesario para la lámpara que ha de tener la dicha capilla.

Y los dichos principales de censos hacen y rinden cada uno los dichos sesenta ducados que valen veinte y dos mil y quinientos maravedís, que es XXXXXX de veinte mil el millar conforme la nueva premática de su Majestad. Y con esta dicha disposición y condiciones, el dicho convento y frailes hacen a los dichos Alonso de Aranda, licenciado Don Bartolomé de Aranda y Don Pedro de Aranda, sus mujeres hijos y descendientes, esta dicha donación y adjudicación de la dicha capilla con dicho título de fundadores de esta sagrada religión perpetuamente para siempre jamás, para que en la dicha capilla y como patronos de ellas pueda tener su entierro y en ella se puedan mandar sepultar y las demás personas que fueren su voluntad y puedan en ella hacer las demás fundaciones de memorias, capellanías, fiestas, misas y demás oficios y sufragios que fuere su voluntad como en capilla y altar y entierro “suio propio”. Y se desisten y apartan al el dicho convento de ahora y para siempre jamás del derecho de acción, propiedad, usos y señorío y otras acciones reales y personales que tienen a la dicha capilla y sepulturas. Y todo ello lo ceden, renuncian y traspasan en los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos y en sus sucesores para que todo sea “suio propio” la fundación y el patronazgo de la dicha capilla, entierro, sepulturas y arrimos, y lo pueden de dar a sus herederos y sucesores, y declaran que la dicha capilla y entierro está libre y no la tiene el dicho convento dada ni adjudicada a otra persona ni obligada ni hipotecada a ninguna memoria ni dotación tácita o expresamente, y les dan poder e que de derecho se requiere para que puedan tomar la posesión de la dicha capilla, fundación, patronazgo, entierro, sepulturas y arromo de ellas, y en el ¿INTER CON TITURIAN” a dicho convento por su inquilino para se la dar cada vez y cuando que por su parte le fuere pedida y demandada y en señal de la dicha posesión y para adquisición de ella le entregan el dicho convento y frailes a los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos esta escritura en presencia de mí el dicho escribano, de que así mismo doy fe. Y el dicho convento y frailes se obligan de guardar y cumplir esta escritura y condiciones de ella y decir y hacer decir en la dicha capilla y altar las dichas fiestas y salves y hacer lo demás que va declarado con los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos y demás sucesores en esta fundación y que en ella no será inquietados por ninguna persona y si lo fueren o se les pusiere algún impedimento o pleito, el dicho convento lo seguiría a su costa hasta les dejar quietos y pacíficos con la dicha posesión y sin contradicción alguna y su así no lo hicieren y cumplieren obligan al dicho convento y religiosos que de presente son y en adelante fueren que restituirán a los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos y sucesores y a quien por ellos fuese parte, los bienes de esta fundación, con más las costas, daños e intereses que se les siguieren todo por vía ejecutiva diferido en su juramento o de quien por ellos fuere parte decisoria sin otro recaudo alguno aunque de derecho se requiera; porque el dicho convento y frailes han de tener obligación a cumplir todo lo que va dicho y declarado en esta escritura y condiciones de ella = Y los duchos censos de esta dotación y el que se comprare con los maravedíes que van declarados e si se redimieren o parte de ellos el dicho convento a de tener obligación XXXXXX a imponer para que la dicha renta esté permanente para siempre jamás. y esta dotación y adjudicación la hacen con todas las demás cláusulas y requisitos que conforme a derecho son necesarias para que aprovechen a los dichos Alonso de Aranda, sus hermanos y descendientes, como tales fundadores y patronos de la dicha capilla = y con esta dicha dotación el dicho convento y frailes se contentan y satisfacen de lo que es podría tocar y pertenecer de la herencia de la dicha Doña Inés de Mesa madre del dicho padre fray Gerónimo de Aranda y a mayor abundamiento la dicha legítima y herencia la renuncian y traspasan en los dichos Alonso de Aranda, licenciado Don Bartolomé de Aranda y Don Pedro de Aranda, sus hermanos y en sus sucesores y obligan al dicho convento y frailes que no les pedirán ni demandarán para con ella cosa alguna y si lo hicieren no sean oídosni admitidos en juicio ni fuera del, antes desechados y pronunciados por no partes, y dicha renunciación así mismo el dicho convento y frailes la hacen con todas las cláusulas y requisitos que conforme a derecho son necesarias en favor de los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos, y a mayor abundamiento obligan al dicho convento y frailes que para más validación de esta escritura y su perpetuidad, la aprobará el primero capítulo provincial o definitorio que celebrare esta sagrada religión y hará su aprobación y sesión en forma bastante como se acostumbra hacer con tales fundaciones, patronatos y renunciaciones = Y para lo cumplir obligación, los bienes y rentas de dicho convento habidos y por haber = Y los dichos Alonso de Aranda, licenciado Don Bartolomé de Aranda y Don Pedro de Aranda aceptaron esta escritura en su favor como en ella se contiene y como tales fundadores se nombran por tales patronos de la dicha capilla de Nuestra Señora de la Salud y de la Victoria del dicho convento, y para el fin de sus días nombran a sus sucesores, y reservan en su poder nombrar otros patronos que les sucedan en el dicho patronato y fundación y se obligan por lo que ellos toca de guardar las condiciones de esta dicha escritura y tener el altar de a dicha capilla adornado en la forma que va declarado en una de las dichas condiciones y llegando el caso de trasladarse la dicha capilla, hacer las demás obras necesarias como va declarado en esta dicha escritura y daban y dieron al dicho convento y frailes los dichos principales de censos y la dicha aranzada de olivar y de todo se desistieron y apartaron del poder y derecho que a ello tienen y lo ceden y renuncian en el dicho convento por razón de la fundación y dotación y renunciación, y le dan poder en causa propia con las cláusulas necesarias para que hayan y cobren los corridos y principales cuando se rediman de los dichos censatarios, otorgando las cartas de pago, latos y finiquitos necesarios con cesión de derechos , y hacer los autos y ejecuciones que convenga hasta que tengan efectos los pagos, y se obligan al saneamiento cumplido en forma bastante de derecho que al dicho convento los dichos censos y olivares serán ciertos y seguros y de paz de todas y cualesquiera personas que se los pidan, demanden, embarguen y contraríen, y que no les será puesto pleito, demanda, embargo ni contradicción alguna por ninguna persona, y si les fuere puesto o pareciere que están hipotecados a alguna deuda especial o general, luego que lo tal suceda saldrán a la defensa de los dichos pleitos y los seguirán a su costa hasta dejar quietos y pacíficos al dicho convento con la posesión de ellos y si así no lo hicieren y cumplieren, se obligan de dar al dicho convento otros censos de la dicha cantidad para la dicha dotación de memorias y esta fundación como va declarado con más, todas las costas, daños e intereses y menoscabos que en razón de ello se les siguiere y recreciere, todo ello por vía XXXXX sumaria y ejecutiva y para la alcanzar baste esta escritura y el juramento y declaración de la parte del dicho convento ¿DICISORIO? sin otro recaudo alguno, aunque de derecho se requieran todo lo que el pagaran en esta villa y su el fuero de ella con las costas de la cobranza y juntos y demás común y a voz de uno y cada uno de ellos por sí y por el todo “in solidum” renunciando como expresamente renunciaron las leyes de la mancomunidad de división y excusión como en ellas se contiene y para lo cumplir obligaron sus bienes y rentas habidos y por haber y ambas partes, cada una con lo que le toca y están obligados a cumplir, dieron poder cumplido a los justicias de su Majestad y que de sus causas son y deben conocer para que cada una les compela y apremie a que cada parte cumpla lo referido en este escritura como por sentencia pasada en cosa juzgada y renunciaron las leyes de su favor y la que prohíbe la general renunciación de leyes, y el dicho convento y frailes y el dicho licenciado Don Bartolomé de Aranda renunciaron las demás leyes y capítulos de su favor y el de ¿ODUANDUS DESDUTIONIBUS?” para no se aprovechar de ellos XXXXXXX, y el dicho convento y frailes renunciaron las leyes que tratan de las donaciones y adjudicaciones y renunciaciones de herencia cono en ellos se contiene y juraron en forma bastante de derecho de hacer por firma esta escritura y que no irán ni XXXXXX contra ella, ni la reclamarán por lesión o engaño ni para “restitución in itegrum” ni por otro ningún remedio XXXXX y prometieron de no pedir absolución ni relajación a nuestro muy santo padre, ni a otro juez ni prelado que poder tenga para se lo conceder, y si les fuere concedido de él no usarán en manera alguna, pena de perjuros y de caer en caso de menos valer y declararon no tener efectos otros juramentos en contrario de este que lo derogue y si pareciere, lo revocaron y dieron por ninguno y de ningún valor ni efecto, y todo lo que dicho son lo otorgaron así a quien yo el dicho escribano doy fe que conozco. Y lo firmaron testigos Pedro de Gálvez Bermejo, Alonso Pérez Rey y Cristóbal del Pino Redondo y Francisco de Valdueza Garrido, vecinos de esta villa = Fray Blas Jiménez, corrector, fray Ciriaco de Hermosilla, fray Francisco Samaniego Castillejo, fray Juan Fernández, fray Juan Bautista Hurtado, fray Bartolomé de Prados Navarrete, fray Gerónimo de Alcázar, fray Agustín de Torres, fray Juan de Aguilar, fray Jerónimo de Aranda, fray Alonso de Herrera, fray Mateo Carrillo, fray Alonso de ¿LLANO?, fray Manuel de Illescas, Alonso de Aranda, Don Bartolomé de Aranda, Don Pedro de Aranda, Juan Ruiz Obrero, escribano. Este traslado lo hace sacar para los dichos Alonso de Aranda y sus hermanos, escrito el primer pliego en papel del primero sello y los intermedios de común-

PÁGINA 35

El protocolo queda escrito en papel del cuarto sello y anotado a un margen y así lo certifico en la Puente en doce días del mes de agosto de este dicho año de seiscientos y cincuenta y nueve.

Juan Ruiz Obrero XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

En testimonio de verdad.

(Firma del escribano)


martes, 28 de junio de 2022

El Bilis - Club de Manuel Reina


En alguna ocasión había leído acerca de una antigua tertulia de amigos, de poetas y literatos, que en el viejo Madrid del último tercio del siglo XIX agrupaba a un puñado de hombres en torno a lo que llamaban el Bilis Club

Jamás supe muy bien qué era aquello, pero el simple hecho de saber que Manuel Reina había formado parte del mismo, despertaba en mí una curiosidad nunca satisfecha. 



Una tertulia que tuvo distintas sedes a lo largo del tiempo (la Cervecería Inglesa en la carrera de San Jerónimo; la Cervecería Escocesa en la calle del Príncipe y, finalmente, en el Café Nueva Iberia) y que nos recuerda sobremanera a algunas reuniones de amigos en nuestra localidad que, afortunadamente, aún conservan ese espíritu festivo desprovisto de cualquier otra aspiración.



El pontanés Víctor Reina Jiménez, en unos versos que forman parte de aquella genialidad titulada Cartas de lo imposible (a la venta en Papelería La Ideal y Delibes), al alimón con Rafael Ortega Cruz, atribuye a Manuel Reina una carta dirigida al poeta Miguel Romero, en el que le da cuenta de cómo transcurría su vida en aquel Madrid finisecular del siglo XIX. En una de aquellas estrofas Reina, evocador, le traslada lo siguiente: 

El Bilis Club contaba entre sus filas

con la crème de la crème de la bohemia,

oscuros ganapanes, tocatimbres,

ultimísimos monos de la selva

de la gran urbe intensa y literaria,

de aquel Parnaso que me abrió sus puertas…

Hace un tiempo cayó en mis manos un artículo[1] del malogrado escritor y periodista malagueño Francisco Flores García (arrollado por un tren en el Madrid de 1917, en la estación del Mediodía, al intentar cruzar la vía), que conoció desde dentro aquel magnífico Bilis Club, en el que cuenta algunas anécdotas deliciosas, las travesuras cometidas por sus miembros (alguno de ellos insignes literatos), de sus idas y venidas, de su origen y desaparición.

Por lo curioso del asunto, por el desenfado y la nostalgia con la que el artículo está redactado y, fundamentalmente, por ser parte de la vida y de la historia de Manuel Reina, y a pesar de su extensión, no me resisto a compartirlo para disfrute y curiosidad de los lectores de esta libreta digital.


  COSAS DE ANTAÑO: EL BILIS CLUB

Francisco Flores García 1844 -1917

Francisco Flores García 1844-1917


Fue
una reunión, una sociedad, una piña de amigos, mejor dicho, que llegó a ser célebre; tan célebre como mal comprendida, y tan inofensiva como calumniada.

Unos cuantos amigos y compañeros de letras comenzaron a reunirse diariamente en un determinado café, durante un par de horas por la tarde (generalmente de dos a cuatro), y otras dos o tres horas por la noche, dejando de verificarse esta última reunión las noches de estrenos de comedias.

El principal objeto de la naciente reunión no fue otro que pasar el rato agradablemente, cambiando impresiones y comentando los sucesos día en lo tocante a la literatura, a la política, a la chismografía de bastidores y a la tauromaquia, tema este último tratado siempre con calor, porque en la reunión había—¿y cómo no?— lagartijistas y frascuelistas acérrimos.

Mas con ser interesante ese tema, el preferente era, desde luego, la cuestión literaria en todos sus aspectos. Autores y obras pasaban por el claro tamiz de una crítica superficial y ligera, formulada en broma y, por tanto, inofensiva.

Aún quedaba tiempo para hablar de lo humano y de lo divino.

Estaba prohibido en absoluto murmurar de los ausentes en lo que se refería al terreno privado; pero se toleraba y hasta se autorizaba criticar y aun zaherir a los presentes, en broma, por supuesto. Al que no tenía paciencia para soportar tales bromas, se le consideraba indigno de pertenecer a la reunión.

Algunos escritores de la parte de afuera vieron con malos ojos la formación de aquella tertulia, oyeron campanas, tomaron el rábano por las hojas, y creyeron que la tal reunión se componía de envidiosos, murmuradores y maldicientes que a nadie dejaban hueso sano, que censuraban sin motivo, y sólo por hacer daño, a sus compañeros, principalmente a los de sólida y bien ganada reputación; que sólo se juntaban para destilar la bilis de su crítica apasionada y morbosa. Uno de aquellos juzgadores, que padecía la manía de hacer frases a outrance (manía de que ya se ha curado, por su fortuna), tuvo la ocurrencia de bautizar a aquella reunión con el nombre de Bilis-Club.[2]


Los aludidos tomaron la cosa a broma, en broma aceptaron aquella poco simpática denominación, y era frecuente oírles decir: «Voy al Bilis», o «Vengo del Bilis».

Tal fue el origen del Bilis-Club, sociedad literaria sin reglamento, sin junta directiva, y sin domicilio; pues, como digo, se reunía en un café.

 ***

De aquella sociedad (debo llamarla así), formaron parte principalísima, por su asiduidad, Leopoldo Alas (Clarín), Tomás Tuero, Luis Taboada, Armando Palacio Valdés, Eugenio Sellés, Manuel Reina, Marcos Zapata, Leopoldo Cano, Eduardo Bustillo, Félix González Llana, Eusebio Sierra, Adolfo Posada[3]

Iban también a aquella reunión, en calidad, puede decirse, de socios transeúntes, porque no concurrían asiduamente, Joaquín Dicenta, Eduardo de Palacio, Tirso Rodrigáñez, Emilio Sánchez Pastor, y algunos otros cuyos nombres tampoco recuerdo.

Mariano de Cavia fue otro de los integrantes del Bilis Club

Clarín, el que luego fue docto catedrático de la Universidad de Oviedo, pontífice máximo de la crítica literaria y maestro de escritores, era entonces periodista, y ejercía, preferentemente, la crítica teatral, con una competencia y una acometividad de que hay pocos ejemplos. Pronto tuvo indiscutible y temible autoridad. Esmaltaba sus artículos de aguados, punzantes y satíricos chistes, llegando a ser el terror de muchos escritores ya sancionados (apuntaba alto) y que eran sometidos a un juicio de revisión por aquel juez implacable. Su sólida instrucción, su amplia cultura y su inmenso talento, daban a sus opiniones una fuerza incontrastable. En el Bilis hablaba poco pero bueno: cada frase suya era un epigrama o una sentencia. Al evocar hoy su memoria, una profunda tristeza invade mi ánimo, por la pérdida irreparable del escritor ilustre que fue mi amigo y compañero de Club.

Palacio Valdés, el que a la hora de ahora es uno de nuestros más insignes novelistas, era también periodista en aquella sazón, y, como Clarín, ejercía la crítica; pero no a la manera de Clarín, cuanto a la forma, sino de modo suave, cortés y hasta respetuoso, sin dejar por ello de ser justo e imparcial. También hablaba poco y, generalmente, en sentido conciliador, descubriendo ya en aquella época el grave defecto de toda su vida, y que forma el rasgo más saliente de su carácter; una modestia exageradísima; que defecto grave es la modestia cuando es tan verdadera y tan extremada como la de Palacio Valdés.

Tomás Tuero, aquel brillante escritor y gran periodista, muerto en plena juventud y en pleno éxito, era entre nosotros una continua y deslumbrante paradoja. La palabra relampagueante de Tuero contrastaba con la apacible tranquilidad de Manuel Reina, elegante y delicado poeta, también arrebatado prematuramente a las letras patrias y al cariño de sus amigos.

Pero el alma de la reunión era Luis Taboada, otro muerto ilustre e insustituible. En aquella época era un asombro de gracia y de espontaneidad. Tenía la frescura de la juventud, y aún no había pasado por ciertas pruebas dolorosas. Al café donde concurríamos iba mucha gente que se situaba cerca de nuestras mesas sólo para oír las ocurrencias de Taboada.

 ***

Concurría asiduamente por las tardes y por las noches —y había sido uno de los fundadores del Bilis-Club— un anciano poeta, candoroso como un niño, que cifraba su vanidad infantil en escribir buenos romances a estilo clásico. Aquel hombre (conviene repetir que era excesivamente candoroso e ingenuo, y que pensaba en alta voz) tenía todas las pequeñas pasiones de la infancia, y era, sobre todo, inmodesto y envidioso en grado máximo. Aquello de «padecer tristezas del bien ajeno» parecía inventado para él. Pero (he de esforzarme en repetirlo) esos defectos no resultaban en él molestos ni odiosos, antes al contrario, daban una nota cómica, por la sencilla ingenuidad con que los mostraba.

Luis Taboada, secundado por algunos otros socios, se dedicaba preferentemente a amargar la existencia del anciano poeta, ora señalando algún defecto al último romance publicado por el vate, ya elogiando desmedida mente a otro romancero (todos eran émulos y rivales del nuestro, según él), o bien inventando dichas y venturas logradas por algún compañero ausente.

La noticia de haberle tocado a Enrique Romá cuarenta mil duros a la lotería, en Córdoba, hizo pasar un mal rato a aquel pobre hombre.

— ¡Cuarenta mil duros! ¡Algo menos será! — decía en el tono más agrio y apenado. Su credulidad era inconcebible. En cierta ocasión le hicimos creer que Tomás Luceño, uno de los hombres más buenos, más formales y más correctos de este país, pedía palcos al empresario del teatro Español, que lo era entonces Felipe Ducazcal, ¡para venderlos! No sólo creyó ciegamente esa enormidad, sino que se desató contra Luceño y lo puso como ropa de Pascua.

En esa y otras análogas distracciones pasaban el rato aquellos temibles miembros del Bilis-Club…

***

Poco después de inaugurado el teatro de la Primavera (hoy Barbieri), situado en la calle de su título primitivo, se estrenó en el mismo un drama en tres actos, titulado La mancha de yeso, original de un carpintero de armar[4]. ¡Floja bronca pudo armarse por aquel dichoso drama!

La prensa, con esa generosidad que le es innata, sobre todo cuando se trata de carpinteros de la literatura, elogió la obra, aseguró que era buena por ser de quien era, y el buen público de aquellos barrios llenó el teatro unas cuantas noches.

Nosotros no quisimos perder aquella novedad, y allá, al teatro de la Primavera, fue una noche el Bilis-Club en masa, sin parar mientes en la distancia ni en los riesgos que podíamos correr.

La obra iba ya cansada, y las entradas habían aflojado bastante. Ocupamos toda la primera fila de butacas y parte de la segunda. El público habitual de aquel coliseo nos miró con cierta extrañeza, no exenta de hostilidad: íbamos casi todos de levita y sombrero de copa.

En cuanto se levantó el telón y oímos la primera frase, estallamos como un solo hombre en un aplauso formidable, y llamamos a escena al autor, que se presentó en seguida, haciendo grotescas cortesías. A partir de aquel instante, ya no hubo momento seguro: todo nos hacía gracia y no cesamos de aplaudir y de llamar al autor; pero, a la cuarta o quinta llamada, el autor hubo de escamarse ante aquel desbordado entusiasmo, y no quiso volver a salir. Los cómicos nos miraban de reojo, y los espectadores que estaban cerca de nosotros también se habían escamado; empezaban a refunfuñar, y un chulo de grandes persianas, de malísima traza y gesto avinagrado, dijo en alta voz:

— Estos señoritos vienen, mayormente, a meter la pata, y a alguien le va a arder el pelo.

La alusión no podía ser más delicada.

Terminado el primer acto, y después de intentar vanamente que el autor se presentase de nuevo en escena, nos reunimos, a deliberar, en un pasillo, y Luis Tabeada habló de esta manera;

--Señores: la cosa se pone fea, aún más fea que La mancha de yeso; estamos haciendo oposición a una paliza, y nos la vamos a ganar, porque la merecemos. Si para muestra basta un botón, creo que debe bastarnos conocer —aunque de oídas—el primer acto, para apreciar debidamente el mérito de esa obra de carpintería de armar. ¿Les parece a ustedes que nos marchemos ahora mismo?

— iSí! — contestamos todos a una voz, como los comparsas de las comedias.

Inmediatamente salimos del teatro y volvimos a nuestro domicilio social.

¡Ya teníamos domicilio propio! El dueño de la Cervecería Escocesa de la calle del Príncipe nos había cedido generosamente —por el consumo— una pieza interior de dicho establecimiento, en la cual sólo podían entrar los individuos del Bilis-Club, poniendo un camarero a nuestra disposición.

El tiempo que vivimos en aquel cuarto interior de la Cervecería Escocesa, fue nuestra época más floreciente y expansiva. Sin la traba del «¿qué dirán?» que en cierto modo nos cohibía delante del público volandero de los cafés que antes habíamos recorrido (habían sido varios), allí estábamos como en familia, en nuestra propia casa, y usábamos una franqueza salvaje, y a veces cruel, entre nosotros mismos. Como dejo dicho, nadie tenía derecho a ofenderse, y el descaro más inaudito pasaba como una bromita de salón.

Alguien, sin embargo, no lo entendió así… y hubo un pequeño desprendimiento…

***

Antes de estar instalados en la Cervecería Escocesa, corrimos una aventura digna de ser aquí referida. Por entonces, era nuestro punto de reunión un café que había junto a las Galatravas, y estábamos disgustadísimos, porque el servicio era muy malo. Lo digo con toda franqueza, porque ya no existe dicho café: de continuar abierto, me guardaría muy bien de meterme en tales dibujos, por la responsabilidad criminal en que pudiera incurrir; pues sé que, aparte las comedias, no es lícito desacreditar ningún producto…

Al café aludido fue una tarde a buscarnos el apreciable actor Chas de Lamotte[5] (q. e. p. d.), y nos propuso un cambio magnífico, un cambio en la cabeza del dueño del caféLa Sociedad Artístico Industrial, establecida en el piso principal de una gran casa de la calle de C..., nos cedía de balde un par de habitaciones amuebladas, poniendo a nuestra disposición la necesaria servidumbre, gratis también.

La proposición nos extrañó mucho. ¿A qué obedecía aquella generosidad? Fácil era la explicación, según Chas de Lamotte. En dicha sociedad había una buena cantina, donde servían café, licores y fiambres, todo ello de clase superior, y bien pagaríamos las habitaciones que nos cedían con el consumo que hiciéramos. El razonamiento parecía lógico.

Vimos el cielo abierto, aceptamos en seguida proposición tan ventajosa, y fuimos en corporación, acompañados por Chas, a ver la casa nueva. Las dos habitaciones que nos destinaban, y de las cuales nos dio posesión el conserje, eran amplias, exteriores, y estaban lujosamente amuebladas. Nos instalamos desde luego.

íbamos por las tardes, desde las dos hasta las cuatro o las cinco, y por las noches desde las nueve hasta las doce o la una.

Por la tarde no veíamos a nadie ni oíamos el menor ruido en el resto de la casa, de la cual sólo conocíamos nuestras habitaciones. Cuando intentamos alguna exploración, encontramos todas las puertas cerradas. Por la noche ya era otra cosa. Tampoco veíamos a nadie, excepción hecha del camarero que nos servía; pero desde cosa de las diez, oíamos el tráfago y ajetreo de gente que discurría por los pasillos y se internaba en las habitaciones interiores.

—Será que la Sociedad Artístico-Industrial celebra junta —pensamos la primera noche.

Por el pronto no nos metimos en más averiguaciones; pero, como en las noches sucesivas se realizó el mismo programa, creímos llegada la hora de escamarnos un poco.

A los cuatro o cinco días do concurrirá aquella casa misteriosa—que bien podía llamarse la casa de los ruidos —hicimos un horrible descubrimiento. La Sociedad Artístico-Industrial… ¡era una casa de juego!...

Inmediatamente surgió una duda. ¿Por qué aquellos industriales nos habían llevado allí y nonos daban conocimiento de su industria? Por una razón muy sencilla y muy clara. Sabían que éramos gente de poco dinero —dicho sea sin ofensa de nadie—y como puntos, poca ganancia les podíamos dar, no siendo puntos fuertes, y nos reservaban otro papel. Nos llevaron allí con el solo propósito de que una sociedad de literatos fuese tapadera de una casa de juego, y por ese medio despistar a la policía. No obstante, la policía no se despistó, como verá el que leyere.

***

Despejada la pavorosa incógnita, y después de una breve deliberación, decidimos irnos inmediatamente con la música a otra parte, aunque fuese al café donde nos envenenaban a diario. En el calor de la improvisación, uno, no recuerdo quién, tuvo la desdichada idea de que estuviésemos en carácter al pasar allí la última velada, y, al efecto, propuso que se tallara un modesto burlóte. Se abrió discusión sobre la materia, y poco después se abrió la puerta, y el camarero nos presentó los naipes que habíamos menester. Se declaró el punto suficientemente discutido, y en seguida, con gran algazara, pasamos a vías de hecho, estableciendo una timba modestísima.

La animación fue inusitada, y eran risibles las apuestas. Nos divertíamos de veras en aquel inocente

juego.

Al cuarto de hora de haber comenzado —¡encantadora oportunidad la nuestra! — el camarero entró, gritando:

— ¡La policía! ¡La policía!

Terror pánico. Guardamos apresuradamente las barajas y el dinero; adoptamos una actitud tranquila, en lo posible, y nos preparamos a esperar los acontecimientos. Nos creímos seriamente comprometidos; tendríamos que comparecer ante el juez de guardia ¡Tal vez que Ingresar en la cárcel! ¡Qué vergüenza!

Alguien tuvo la idea salvadora de que nos fuésemos por un balcón; pero, estábamos en un principal con entresuelo, y ya la idea no resultaba tan salvadora…

Por fortuna, nuestros temores fueron ilusorios. La policía, que indudablemente iba a tiro hecho, se fue derechita a las habitaciones interiores, sorprendió la partida grande, la verdadera partida, se incautó de los útiles del oficio, detuvo a buen golpe de profesionales (nosotros éramos unos simples aficionados), y se marchó con ellos, sin dignarse siquiera entrar donde estábamos.

¡Merecíamos aquel desprecio! ¡Y lo agradecimos mucho!

¡Con qué satisfacción respiramos, y con qué celeridad nos lanzamos a la calle!

Aquella peripecia dio ocasión a innumerables chistes de Taboada, o inspiró a Bustillo la siguiente improvisación:

Vino el inspector, y zás:

nos levantó aquel burlóte.

La culpa la tuvo Chás

de Lamotte.

¡Pobre Chas! Era un hombre buenísimo. No sólo no tuvo la culpa, sino que creo sinceramente que fue engañado, como nosotros. Después de lo acaecido, estaba inconsolable.

 ***

 
Caricatura de Pérez Galdós (por Ramón Cilla), Madrid Cómico 15 abril 1883

Volvimos, provisionalmente, a nuestro punto de partida, o sea al café de junto a las Galatravas.

El recuerdo de aquel disgusto, fue nuevo acicate de nuestro buen humor.

De aquella reunión, tan calumniada por los que no la conocían, salió la idea del primer banquete ofrecido a D. Benito Pérez Galdós, y que fue, puede decirse, la consagración de su fama y la proclamación oficial de su inmenso talento.

De la idea nació una comisión[6] compuesta de individuos del Bilis, que organizó, no un banquete, sino dos, para un mismo día, uno por la mañana y otro por la noche[7].

¿Explicación de ese doble agasajo, o más bien tributo de justicia? Una razón económica muy atendible. El primer banquete en que se pensó había de ser de 25 pesetas el cubierto, si habíamos

de darle la debida importancia; luego se cayó en la cuenta de que muchos admiradores del gran novelista, no podían disponer de cinco duros—por grande que fuese su admiración — para tal objeto, y entonces se ideó dar por la mañana un almuerzo popular, a tres pesetas, y por la noche, el banquete proyectado primeramente.

Y así se hizo. Un mismo fondista sirvió los dos banquetes, que se verificaron en la Carrera de San Jerónimo, donde ahora se halla establecido el Antiguo café de la Iberia. Aunque el más caro fue selecto, y asistieron Castelar, Echegaray, Martos y otras ilustres personalidades, que pronunciaron admirables discursos, declaro, en honor a la verdad, que me resultó más animado, más expansivo y más simpático el banquete de por la mañana, y casi me atrevería a jurar que a Galdós le sucedió lo mismo.

El insigne autor de los Episodios Nacionales, debió quedar satisfecho.

***

En otra ocasión, aprovechando la estancia en Madrid de D. José María de Pereda, en una de sus escapadas de la montaña de Santander que por cierto no eran frecuentes - también le ofrecimos un banquete, que resultó por extremo lucido y brillante.

Pereda venía a Madrid lo menos posible, cuando le era absolutamente preciso y a regañadientes.

Sabido es que el eminente literato montañés era de la más pura laya reaccionaria; y yo debo consignar aquí, que en el Bilis-Club predominaban por manera absoluta las ideas liberales y republicanas; pero, jamás, como corporación, confundimos el arte con la política. Contraste digno de notarse: mientras los correligionarios del autor de Pedro Sánchez apenas le hacían caso, nosotros, sus adversarios políticos, le agasajábamos, honrándonos al hacer justicia a su esclarecido talento.

Recuerdo que, terminado el banquete —que fue importante por el número y calidad de los comensales —y ya de pie para marcharnos, un grupo de socios del Bilis rodeó al ilustre autor de Sotileza (que por entonces acababa de publicarse), reconviniéndole cariñosamente por su sistemático alejamiento de esta villa y corte.

Uno le preguntó:

—¿Por qué no viene usted más a menudo a Madrid y por largas temporadas?

Y él contestó, sonriendo bondadosamente:

— Temo hacerme liberal… por agradecimiento. Esa es la razón de que no venga tan a menudo por aquí.

La censura al proceder de sus correligionarios no podía ser más clara. ¿Qué importaba que Pereda fuese liberal o reaccionario? Para nosotros era sencillamente el autor de muchos libros hermosísimos, una verdadera gloria nacional, y eso bastaba para consagrarle nuestra más entusiasta admiración, otorgándole nuestro más profundo respeto.

El gran escritor de cara cervantina y estilo cincelado estuvo muy cariñoso con nosotros, nos dedicó ejemplares de su última novela y prometió venir a Madrid con más frecuencia…, aun corriendo el riesgo que tanto temía.

Do esto hace la friolera de veintitrés años… cuando menos.

 ***

Como nota cómica, que reflejaba nuestro habitual modo de ser, después de los banquetes ofrecidos a los de fuera de casa, también ofrecimos y dimos un banquete a un compañero de Club, al anciano poeta romancero, para celebrar… su centenario.

La broma era algo pesada, porque, en ley de verdad, le faltaban muchos años para llegar a cifra tan respetable.

Él aceptó la broma y la llevó muy bien; concurrió al banquete, comió con excelente apetito y nos obsequió y encantó con la lectura de uno de sus más castizos romances. Es decir, no nos encantó a todos, porque en dicho romance, después de dar las gracias por aquel homenaje, decía que entre los comensales había quien lo merecía más que él, y estampaba dos o tres nombres.

Los aludidos se incomodaron fieramente, y aquella incomodidad fue nuevo motivo de diversión.

Si hubiera de contar todas las anécdotas y narrar cuantos episodios recuerdo de aquella época relacionados con el Bilis-CIub, o acaecidos en el mismo, sería interminable este relato, y no quiero abusar de la paciencia del lector.

En broma, sin tomar nada en serio, al parecer, aquella piña de amigos rindió siempre fervoroso culto al mérito positivo, fue misericordiosa con la medianía modesta, dispensó alentadora acogida a todo talento naciente, y algunos de aquellos biliosos honraron, y honran, las letras patrias.

***

El Bilis-Club llegó a constituir una fuerza, y a ejercer decisiva influencia en algunas esferas del Estado.

Mediante una propuesta firmada por nosotros, fue nombrado Director del Asilo de las Mercedes el un tiempo popularísimo y simpático escritor Enrique Pérez Escrich, quien, después de una labor copiosa que enriqueciera a sus editores, había llegado a la vejez — como llegan casi todos nuestros escritores —sin dos pesetas…

Otros destinos pudo recabar también el Bilis-Club para escritores necesitados, algunos de los cuales mostró su gratitud… quitándonos el pellejo.

Pero nada hay duradero en este pícaro mundo, y el Bilis-Club no había de tener el privilegio de ser eterno. Clarín, el sabio y temible crítico—pero nuestro amigo cariñoso— se fue a desempeñar su cátedra en la Universidad de Oviedo, y Palacio Valdés se metió en su concha para trabajar seriamente y darnos la serie de novelas que hoy son la admiración de propios y extraños.

Aun notándose, como se notaba, el gran vacío que dejaron entre nosotros dos figuras de tanto relieve como esos admirables artistas de la pluma que dejo mencionados, todavía vivió el Bilis-Club días prósperos y relativamente dichosos.

Algún tiempo después, a Luis Taboada—nuestro conversador predilecto —le pedían artículos de todos los periódicos; tuvo que ordenar y metodizar su trabajo- que era enorme,—y ya no tenía tiempo de ir al Club asiduamente, sino muy rara vez; Manuel Reina pasaba largas temporadas en Puente-Genil; Leopoldo Cano fue con un alto cargo militar a Puerto Rico; murió Tomás Tuero {eminente articulista de El Liberal); Marcos Zapata se fue a América; Sánchez de León a trabajar en provincias; otros tenían ocupaciones que no les dejaban libre el tiempo que antes consagraban a su reunión favorita; y así, paulatinamente, fue perdiendo su carácter y concluyéndose poco a poco el famoso Bilis-Club, pesadilla de algunos espíritus estrechos que, pasándose de listos, fueron siempre y a toda hora sus enemigos jurados.

En sus últimos tiempos, ya era el Bilis-Club una reunión dominguera, pues solamente los domingos podían reunirse la mayoría de los socios que quedaban; mas ya no éramos ni sombra de lo que fuimos cuando aplaudíamos La mancha de yeso y organizábamos banquetes en serio y en cómico.

Al presente, muchos de aquellos regocijados biliosos toman café en su casa, hecho en una maquinilla, y, durante el invierno, el reuma u otros achaques les impiden salir por las noches.

Yo llevo en mi trabajado espíritu la nostalgia de aquellos febriles días, siempre alegres, que marcaron el apogeo del Bilis-Club, y, al dar de mano a esta sencilla narración, envío desde aquí un abrazo fraternal a los compañeros que viven, elevando desde el fondo de mi corazón una oración cristiana a la buena memoria y por el alma de los compañeros que han desaparecido.



[1] La ilustración Española y Americana nº 17, Madrid 8 de mayo 1906.

[2] Parece ser que fue José Ortega Munilla, padre de Ortega y Gasset –los restos mortales de su esposa Dolores Gasset Chinchilla descansan en Puente Genil–, quien bautizó con ese nombre a tan magnífica tertulia.

[3] El propio Adolfo Posada escribirá un día lo siguiente: «Allí no se destilaba bilis ni para uso interno ni para derramarla como el calamar derrama su tinta. Lo que se derrochaba a boca llena en el Bilis era el ingenio, eso sí, más malévolo y desahogado que admirativo y sin reparar si el chiste, la murmuración, el juicio o la frase causaba una víctima en la misma tertulia o fuera de ella. No había para los contertulios prestigio sin su pero. [...] No era una cofradía, ni una empresa de elogios mutuos [...] un centro de buenas amistades, cosechadas en atmósfera de pasiones nobles y ruines entre entusiastas y maldicientes».

[4] La mancha de yeso, escrita por el carpintero madrileño Remigio Vázquez y dedicada a los obreros de Barcelona, se estrenó en 1882 y está considerada la primera obra de teatro específicamente anarquista.

[5] Benito Chas de Lamotte, actor y dramaturgo, a quien el poeta Narciso Serra dedicara los siguientes versos, que fueron recogidos por Manuel del Palacio y Luis Rivera, en su Cabezas y calabazas (Madrid, 1864): ¡Chas! En vano me dirás / que de actor te has contratado: / tú siempre estarás quebrado / como tu apellido, Chas.

[6] La comisión para la organización del homenaje en 1883 estuvo formada por Manuel Reina Montilla, Eugenio Sellés, Triso Rodrigañez, Mariano Araus, Antonio Sánchez Pérez, Eduardo Santana, Andrés Mellado, marqués de Valdeiglesias, Alfredo Escobar, Isidoro Fernández Florez, Joaquín Martín de Olías, Mariano de Cavia, Félix González Llana, Pedro Bofill, Conrado Solsona, Luis Alfosno, Leopoldo Alas, Emilio Sánchez Pastor, José Navarrete, Armando Palacio Valdés y José Ortega Munilla.

[7] Las adhesiones al banquete popular se adquirían en al precio de 3 pesetas en la Librería de Gutemberg (Calle del Príncipe, 14, teatro de la Comedia), mientras que las de la cena se adquirían a precio de 25 pesetas en la Librería de Fernando Fé (Carrera de San Jerónimo, 2).